Habiéndose iniciado el ejercicio 2023 sin haberse aprobado ni entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se encuentra prorrogado el del año anterior, con sus créditos iniciales, de acuerdo con lo previsto en el art. 169.6 del TRLHL. La prórroga no afecta a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados. En este sentido, se han aprobado los siguientes ajustes a la baja:
Decreto expediente prórroga del presupuesto del ejercicio anterior para 2023 |
Habiéndose iniciado el ejercicio 2021 sin haberse aprobado ni entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se encuentra prorrogado el del año anterior, con sus créditos iniciales, de acuerdo con lo previsto en el art. 169.6 del TRLHL. La prórroga no afecta a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados. En este sentido, con fecha 4 de enero de 2021, se han aprobado los siguientes ajustes a la baja:
Ajustes a la baja presupuesto prorrogado del ejercicio anterior |
Habiéndose iniciado el ejercicio 2020 sin haberse aprobado ni entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se encuentra prorrogado el del año 2019, con sus créditos iniciales, de acuerdo con lo previsto en el art. 169.6 del TRLHL. La prórroga no afecta a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio 2019 o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados. En este sentido, con fecha 24 de enero de 2020, se han aprobado los siguientes ajustes a la baja:
Ajustes a la baja prorroga del presupuesto de 2019 |
Fecha última actualización: 12/01/2023